suscriben en acuerdo ordinario para resolver el recurso de casacion deducido por don Alberto Isla, síndico del concurso civil de den Manuel Lajo contra el fallo de la Cámara de Apelaciones de la 2" cireunseripcion, de fecha 23 de Noviembre de 1894, resultó para la votacion el órden siguiente: dortores Blanco, Pujato y Retamar, Antecedentes En 11 de Abril de 1892, don Manuel Lajo hace cesión de bienes, El tribunal abre el concurso, nombrando síndico á don Alberto Isla y ordena que los acreedores presenten á éste los do= eumentos justificativos de sus eréditos, debiendo al misino tiempo hacerse cargo de todos los bienes y papeles del concursado.
A foja 43 el síndico se presenta al Tribunal manifestando que el gerente del Banco Hipotecario Nacional se ha presentado ú los inquilinos de las propiedades del señor Lajs, situadas enla valle Urquiza números 640, 644, 652, 650 y 658, acompañado de un escribano público y ha levantado anacta por la que toma posesion de dichas propiedades, notificando á los inquilinos que deben abonarle los alquileres. Que habiendo hecho cesión de bienes el señor Lajo, el Bauco, como enalquier otro acreedor dete presentarse al concurso, pide : 1? que notifique á los inquilinos que el único con quien deben entenderse es el síndico, como representante del concurso; y 2 se notifique al Banco Hipoteearic Nacional suspenda todo procedimiento y presente al sínd:. > los justificativos de su crédito, El gerente del Banco, en 22 de Junio del mismo año, hace presente al juez que las propiedades expresadas estin hipot:cadas al Banco y que habiéndose sacado á remate por éste sin haber postores, tomó posesion de ellos de acuerdo con el artículo 55 de la ley orgánica del Banco; pero los inquilinos se han negado á pagar los alquileres por haberlos abonado ya al síudico del concurso; pide por ello
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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:322
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