178 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE, Caso. — Dictada la sentencia que corre en la página 418, tomo 56, la parte de Souef dedujo recurso de revision.
Fatlo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 22 de 1897, Vistos y considerando : Que el recurso de revision que en el precedente escrito se interponv, se funda en los incisos segundo E y quinto, artículo doscientos cuarenta y uno de la ley de procedimientos de mil ochocientos sesenta y tres, y en el inciso tercero, artículo quinientos cincuenta y uno del Código de Procedimientos en lo criminal.
Qu: las disposiciones citadas de las primeras de las referidas leyes, aunque ella estuviera vigente vn materia criminal despues de la sancion del Código de Procedimientos, sería inaplicable á esta causa en que la Suprema Corte ha conocido en apelacion; puesto que el recurso de revision á que aluden, sólo se refiere á las causas de jurisdiccion originaria y exclusiva, segun lo dispuests en el artículo séptimo, inciso tercero, de la ley de diez y seis de Octubre de mil ochocientos sesenta y dos.
Que el recurso de que se trata no aparece autorizado por el inciso tercero del artículo quinientos cincuenta y uno del Código de Procedimientos en lo criminal, dese que la sentencia de esta Suprema Corte que lo motiva, no ha pronunciado conde- .
nacion alguna fundada en documento que haya sido despues declarado falso por sentencia ejecutoriada en causa criminal ; ni el condenado ha hallado documentos decisivos ignorados, extraviados 6 detenidos por fuerza mayor ó por obra de la parte acusadora,
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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:178
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