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Fallos: 68:182 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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CAUSA CILIV
Don Julian J. Muñiz contra la provincia de Buenos Aires; sobre daños y perjuicios Sumario. — 1 El convenio de abonar una suma determinada como única compensacion y sin derecho á reclamo por la intervencion tenida en un establecimiento industrial, comprende no sólo las reclamaciones pendientes, sinó tambien toda otra causa que pudiera fundar un derecho emergente de dicha intervencion, 2" No pueden cobrarse como daños procedentes de un acto los gastos y perjuicios que no son consecuencia inmediata de ese acto, Caso. — Resulta del :

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 1° de 1897, Vistos : estos autos seguidos por don Julien J, Muñiz, extranjero, contra la provincia de Buenos Aires, de los que resulta :

Que el expresado señor Muñiz deduce demanda contra la

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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:182 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-68/pagina-182

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