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Fallos: 67:72 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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j 72 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE É Dice que por órden de este Juzgado fué despojada su repreE sentada de 1: posesion de dicho campo, en que entró por dispo sicion del juez de Concordia, para dársela á Querencio,en el plei to con don Juan Gregorio Benitez, Que reconocido por vI Poder Ejecutivo el título de propiedad de don Gerónimo Toledo, el campo descripto, á requisicion de Querencio, y declarada doña Pascuala Toledo, por resolucion del Juez de Concordia, hija legítima y heredera de don Miguel Gerónimo, le pertenecía el campo en pleno dominio, pues el título con que el doctor Querencio pretende tenerlo, á saber, la compra hecha por él y don Gregorio Benitez en 1887 ádon Juan Pedro Saivagnach y por éste á don Loreto Saenz y don Gabrie! Viniegras, titulados «poderados de los herederos de don Miguel Gerónimo Toledo, es de ningun valor, por cuanto vs falso que don Loreto Saenz tuviese poder de doña Pascnala para tal venta, como se atirma en el instrumento del contrato.

Pide, en conclusion, se comtene al doctor Querencio ádevolve elcampo, con los frutos, entrelos que se han de comprender 27 fardos de alfalfa y 900 pesos oro de arrendamiento, que este Juzgado mandoembargar como pertenecientes á Querencio, siendoasí que doña Jascuala, al tomar posesion, los adquirió de Benitez por convenio eslebrado con 6l, corriente á foja 7, y además á pagar los daños y perjuicios y costas del juicio, Corrido traslac de esta demanda al doctor Querencio, lo contesta su procurador don Pedro J. lomero, Él atribuye este nuevo juicio á un procedimiento hábil de Benitez para frustrar los efectos de la sentencia contirmada por la Suprema Corte, Doña Paseuala Toledo, dice, no tiene título para reivindicar el campo, porque ni la incorporacion de él al inventario, ni su ta sación, ni la posesion que ordenó el Hamado juez de la sucesion de don Miguel Gerónimo Toledo, pueden formar un título en fa vord- la demandante; sucesion abierta en previsión de que laSu

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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:72 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-67/pagina-72

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