dasersuautor, y que un individuo á quien c-nove con el nombre de Paulino le entregó una cantidad de billetes de 50 centavos y tres de 20 pesos, todos falsos, ú efecto de circularlos, ofreciéndole la suma de 32 pesos cuando terminara la operacion, proposicion que aceptó, por encontrarse en la indigencia, y tomando los billetes siguió caminando sin destino fijo y á su paso le entregó á Barravini un envuelto con los billetes de 50 centavos y uno de 20 pesos, pidiéndole se los guardara mientras hacía algunas compras, y que más antes había cambiado un billete de 20 pesos "n una casa de música.
Que el ministerio público, conceptuando comprobado el delito porque se acusa á Canori, pide para éste la pena señalada en la primera parte del artículo 285 del Código penal, y su defensor, reconociendo la justicia de su acusacion y por razon de la insignificante suma que importan los billetes que su defendido tenía para expender y sus buenos antecedentes, solicita el mínimus de la pena que indica ese artículo, Que recibida la causa á prueba no se produjo ninguna por los interesados, llamándose autos para definitiva; y Considerando: Primero: Que el cuerpo del delito se halla suficientemente comprobado no sólo por la agregación á la causa de los billetes falsos del Banco de ia Nacion Argentina, erigido con sutorización de la autoridad competente, y que le fueron secuestrados al procesado en el acto de su detención, los que han sido en forma inutilizados con el sello de la caja de conversion, sinó tambien por las declaraciones contestes de los testigos sumariales de fojas 4,6, 7 vuelta y 13, y por confesión amplia del presunto culpable.
Segundo: Que se halla igualmente romprobado de una manera que aleja toda duda que el procesado recibió vsos billetes falsos y trató de circularlos y expendió dos de 20 pesos m/u, con conveimiento pleno de su falsedad ; extremos éstos en los que el mismo Canori está confeso y convieto, razon por la que
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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:342
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