fundados en el artículo 57 de la ley de patentes, por no haberse acompañado el título otorgado por la oficina respectiva.
El secretario informó, por órden del juez, que dicho título estaba agregado á otro expediente análogo.
Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Octubre 24 de 1896. :
Resultando del certificado que precede, que la patente Áque se ba hecho referencia fué presentada en el expediente seguido por el mismo demandante, contra Ramsay, Bellony y compañía, y que por omision nose mandó certificar en tiempo sobre la misma, téngasele por presentado para estos autos, y proveyendo al principal: traslado de la excepcion opuesta. Repóngase el papel.
Urdinarrain.
De este auto, los demandados pidieron reposicion y apelacion en subsidio, insistiendo en que no ha debido darse curso á la demanda, con arreglo al artículo 57 de la ley de patentes.
Aute del Juez rederal Buenos Aires, Diciembre 7 de 1896, Y vistos, los recursos de revocatoria, apelacion y nulidad deducidos en el escrito de foja 29, y Considerando: Que si bien el artículo 57 de laley nacional
Compartir
47Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1897, CSJN Fallos: 67:277
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-67/pagina-277
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 67 en el número: 277 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos