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Fallos: 66:82 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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en casos análogos, debe reputarse equitativo el precio 6 indemnizacion que se manú. pagar por la sentencia apelada de foja cincuenta y tres.

Por ésto, se confirma la mencionada sentencia y devuélvanse, BENJAMIN PAZ. —UIS V. VARELA. —
ABEL BAZAN, — OCTAVIO BUNGE.
CAUSA CCOXNII
El Fisco Nacional, contra Tomkinson, Dungey y U'; sobre expropiación y precio de indemnización Sumario, -- Resultando equitativo el valor fijado al terreno y á las indemnizaciones, no procede deducir de él lo que pueda corresponder ú intereses una vez que se ha convenido en pagar el precio y las indemnizaciones, y en éstos se comprende, segun jurisprudencia constante, el pago de inter»ses desde la fecha de la ocupacion del terreno expropiado.

Caso. — Resulta del

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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:82 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-66/pagina-82

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