76 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ú sea de 157 pesos moneda lega!. De consiguiente los infractores han incurrido respectivamente en la pena del décuplo del valor citado, la que deberá hacerse efectiva en la forma ordinaria, y fecho, se proveerá.
P. Olaechea y Alcorta
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 23 de 1896, Suprema Corte:
El contrato de fletamento de foja 1 designa el término de 12 meses, y fija el valor del arrendamiento por cada mes.
El artículo 23 de la ley de sellos para 1895 rige especialmente ese género de contratos, prescribiendo el uso del sello de la escala correspondiente á su valor total, El informe de la administracion del ramo, á foja 43, muestra que así se ha hecho, y nada encuentro por ello de improcedente en el auto de t. ja 49, cuya confirmacion solicito de V. E.
T Sabimano Kier, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 10 de 1896 Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por vel señor Procurador General y por sus fundamentos, se confirma, con costas,
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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:76
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