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Fallos: 66:335 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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Fallo del Juez Federal (en lo Civil) Buenos Aires, Sebiembre 26 de 1896.

Autos y vistos : Considerando que en el presente caso se trata del cobro de una multa en que se dice ha incurrido el señor José Crespo Brú por infraccion á la ley de impuestos internos; que este hecho, á ser cierto, constituiría un delitosegun el artículo 23, inciso 3", del Código de Procedimientos en materia penal que reputa como delitos sujetos 4 la jurisdiccion federal, entre otros, los que tienden á la defrandacion de las rentas de la nacion, y su conocimiento entónces corresponde exclusivamente ála jurisdicción criminal, ajena en absoluto ála de este juzgado, Pur tanto, se declara este Juzgado incompetente para conocerde la presente causa.

P. Olaechea y Alcorta.

Fallo del Juez Federal (en lo Criminal) Buenos Aires, Setiembre 29 de 1896, Autos y vistos: Tratándose en el presente caso del cobro exclusivo y ejecutivo de una multa, y no de un hecho que por su naturaleza pueda ó deba estar sometido á la jurisdiccion eri- -.

minal, desde el momento que no se trata de imponer correctivos, prisiones 6 penas, sinó de hacer efectivo el pago de una suma que se adeuda al fisco; como muy biea lo determinn el señor Procurador fiscal en su vista de foja 14 vuelta, al interpo

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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:335 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-66/pagina-335

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