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Fallos: 65:83 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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Por todo ello, ábrese esta causa á prueba por diez días comunes y prorrogables, debiendo versar la testimonial sobre la naturaleza de los perjuicios que se cobran y cuantía de éstos.

Repónganse las fojas.

NN. S. de Aurrecoechea, Martinez ofreció prueba pericial, y con este motivo se suscitó un incidente sobre el carácter de los peritos, ú sea sobre si la mision de éstos era la de jueces árbitros, como los llama la ley provincial de expropiacion, ó si debían reducirse 4 informar 6 dictaminar al juzgado.

Fallo del Juez Federal La Plata, Octubre 14 de 1895.

Y vistos : Los seguidos entre el Ferrocarril del Oeste y don Julian N, Martinez sobr: indemnizacion de daños y perjuicios provenientes de una expropiacion y demás en autos deducidos á foja.... á fin de resolver el incidente incoado, sobre facultad y carácter de los peritos nombrados.

Y resultando: Que con motivo de la presentacion del escrito de foja 172 se pidió al juzgado declarara cuál era el verdadero carácter en que los peritos habían de producirse en este juicio.

2" Que con tal causa se afirmó por esa parte que era el de jueces destinados á fijar el monto de los perjuicios discutidos.

3" Que corrido traslado de esta pretension, el representante del ferrocaril lo evacuó, sosteniendo que sus funciones habían de circunsceribirse á informar al juzgado respecto á la indemnizacion á pagarse para que éste, de acuerdo con lu resuelto por la Suprema Corte, procediera ú dictar sentencia avaluando los perjuicios reclamados.

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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:83 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-83

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