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Fallos: 65:36 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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y a obligar ála inscripcion en la Guardia Nacional, y con el certifi1 cado de la comandancia militar de la Villa de Lujan, corriente k á foja 6, que no pudo verificarlo despues, por carecer aquella hy comandancia de las papeletas impresas requeridas por la ley.

a Siendo ajustadas á esos antecedentes y á los de derecho que so derivan de las prescripciones de la ley de enrolamiento, las conclusiones de la resolucion de foja 14, pido á V. E. se sirva A confirmarla por sus fundamentos.

Sabiniano Kier.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 29 de 1896.

Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, y por sus fundamentos, seconfirma la sentencia apelada de foja catorce, Devuélvanse.


LUIS V. VARELA. — OCTAVIO BUN-

GE. — JUAN E. TORRENT.

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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:36 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-36

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