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Fallos: 65:153 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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DE JUSTICIA NACIONAL 153 contarse al proeesado el tiempo de prision sufrida en proporcion de un día de prision, por un día de servicio en el ejército per= manente. Deruélvars=.


LUIS V. VARELA. — OCTAVIO
BUNGE,
En disidencia, en emanto se manda compatar el tiempo de prision sufrida, por los fambamentos expuestos en la catisa sequida contra José Pedro Perilta,

ALEL BAZAN


CAUSA CONAYI
Contra Lucro Lopez, por infracción a la ley de enrolamiento Sumario, — Debe dars" por compurgada la pena de un año de servicio en el ejército, impuesta al infractor de la ley de en— rolamiento, si el tiempo de detención sufrida excede de un año, Caso. — Resulta del

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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:153 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-153

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