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Fallos: 65:141 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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billetes falsos del Banco de la provincia de Buenos Aires, valor y de 200 pesos, á la pena de 5 años y medio de trabajos forzados y multa de 2750 pesos fuertes, con sus accesorios legules € im= :

posicion de las costas procesales; y absolviendo á Juan Bissi de culpa y cargodel delitode supuesta complicidad atribuido en esta causa y con ocasion del mismo delito, á quien se le pondrá en libertad, asf que esta sentencia quede ejecutoriada, A sus efectos, líbrese oficio al director de la cárcel Penitenciaría y al señor jefe de policía para las anotaciones del caso, Así lo pronuncio mando y firmo en Buenos Aires á los 31 días del mesde Julio de 1896.

Agustin Urdinarrain.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 14 de 1896.

Suprema Corte :

Ala referencia de la expresion de agravios, contestan satisfactoriamente los considerandos 1, 2", 3° y 4° de la sentencia recurrida, Ellos, apoyándose en constancias ineguívocas del proceso, convencen de la culpabilidad del procesado, Nada necesito agregar por ello, bastando su invocacion para arribar á la conclusion que impone al procesado Federico Rosazza la pena de 5 años y mediv de trabajos forzados y multa de pesos 2750 pesos, por circulacion fraudulenta de billetes de Banco, con sujecion á lo prescripto en el artículo 62 de la ley de 14 de Setiembre de 1863.

Ruego á V. E., porello, se sirva confirmar por sus fundamentos la sentencia recurrida.

Sabiniano Kier.

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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:141 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-141

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