Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 25 de 1896.
Vistos y considerando: Que como lo demuestra el señor Pro curador General en su precedente vista de foja ciento cuarenta y ocho, no está suficientemente probado que el procesado sea autor del delito que se le imputa.
Por esto, de acuerdo con lo pedido por el mencionado señor Procurador General, y por sus fundamentos, se confirma con costas la sentencia apelada de foja ciento diez. Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN PAZ, — LUIS V. VARELA. —
ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT.
CAUSA LI
Necurso de habeas corpus á favor de Meliton José Bargas, por alistamiento indebido en el Ejército de linea.
Sumario.— 4° El menor alistado en el Ejército de línea, sin el consentimiento de sus padres, debe ser dado de baja y puesto en libertad.
Compartir
86Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1896, CSJN Fallos: 63:272
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-63/pagina-272
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 63 en el número: 272 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos