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Fallos: 62:36 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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— FALLOS DE LA SUPREMA CORTE o Cmingo y Domingo Velazco, siendo cumo las 44 de la noche, preE senció el desembarco de los fardos de tabaco del pailebot Triton, enel que intervinieron Miguel Bilbao y sus peones Domingo ES Laborda y Blas Calicati, á quienes, desde la distancia en que se 4 7 hallaba con sus compañeros ocultos en la oscuridad, oyó decir US queiban állevar los fardos á las cisas de Trelles y hermano, en Necochea y Lobería, sin que él viese personalmente adonde los E CCeondujeron, y sin que tampoco ni él ni sus compañeros supieren E que lo que descargahan era tabaco, sinó por la conversacion de E los peones.

ñ 29" Que á foja 126 declara Domingo Velazco que el 9 de JuE nio, acompañado de los hermanos Juan y Domingo Echegaray, presenció el desembarco que hizo el pailebot 7riton de fardos, por medio de la chata de Fernandez, oyendo decir ii los carreros e desde el sitio en que el declarante y sus compañeros se halla— k ban apostados, que lo que se descargaba era tabaco habano, y siendo aquellos Miguel Biibao, Domingo Laberda y Blas Cali cati, habiendo seguido á los carros hasta una chacra de Loberia, de lo cual deduce que se depositaron en la casa del señor Trelles y y hermano, por lo que habían hablado los carreros mientras hacían la descarga; que en la noche siguirnte continuó la des6 carga enel muellede Abúsalo, quedando los fardos en el depósiSO todeéste, dedonde el día 13 fueron llevados por Miguel Bilbao y sus peones ála casa de Adolfo Trelles y hermano, de NecoE chea, y de allí Miguel Garbiso, el capataz y un peon los llevaron E el día 47 4 la estacion Pieres, adonde liegaron el 18, habiendo E llevado tambien varios cajones Miguel Bilbao el dia 19á la esE tacion Quequen, donde se cargaron en el wagon número 1587; —-. despues de lo cual resolvió con sus compañeros, los hermanos Domingo y Juan Echegaray, hacer viaje á Buenos Aires para E — hacer la denuncia de contrabando ante el administrador de la aduana, como asf lo efectuaron Domingo Echegaray y el declarante, contestando á la última pregunta que se le hizo de cómo a.

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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:36 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-36

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