—.e FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ciones Quequen, Pieres y Lobería ú la Plaza Constitucion, del á tabaco descomisado á que se refiere el resultando 5, figu— rando como remitentes don Miguel Biibao, don José Guenaga, E don A, Kelles, Castelli, Gilardi y otros ; y como consignatarios, HA 5. los señores Ramirez, Irazú y C", J. B. Anasagasti, Jorge MurÉ tinuz hermanos, J. B. Reynoso, R. Irazú, G. Podestá, Apella
E niz, Parodi, Bonorino, Errecaborde, Gonzalez y Laford, J.
É Jubé, Mallmann, J. Ortiz, J. M. Martinez, Mendoza, Echevarría, disfrazando la verdadera naturaleza de la mercadería porteada con inscripciones en que hacían aparecer los fardos y cajones, conteniendo trigo, cueros, artículos de almacen y ferretería, etc. De fojas 66 á 72, se halla el inventario de los bultos recibidos por la Aduana, del jefe de carga del Ferrocarril del Sud, con expresion de marcas, números, envases, etc.
21" Que de fojas 72 á 74 corre una resolucion dictada por el señor Administrador de la Aduana de la Capital Federal, en 14 de Agosto de 1893, en que se dice que el contrabando efectuado porel «Triton» se hallaba plenamente comprobado por los expedientes iniciados, uno por el Sub-Administrador de la Aduana, cuyos antecedentes obran en el Juzgado Federal de aquella Capital y utro por el jefe del resguardo, habiéndose llevado ú cabo con la complicidad del guarda 1° don Pedro Montenegro y del 2° don Tomás Sanchez, y siendo tan público el hecho, que se presentaron á denunciarlo á la administracion don Domingo Belazco y don Domingo Echegaray, que «tanto la mercadería contrabandeada como el buque autor del contravando ban sido tomados en esta capital, no habiendo tenido el Juzgado Federal de La Plata otra intervencion que autorizar la aprehension de mercaderías y detencion de personas en Quequen, á objeto del sumario que se debia levantar ».
22" Que el señor administrador de la aduana termina resolviendo que pasea las diligencias practicadas al señor Juez de la capital federal y se dirija nota al señor Ministro de Hacienda
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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:32
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