CAUSA COCCVII
Don Honorio Areredo contra don Adolfotirimbern, por robro de pesos; sobre devolucion de cartas Sumario, — No procede la devolucion de una carta acompahada por el demandado á su contestacion, mientras no se pida su reconocimiento y llegue el caso de juzgar si se encuentra comprendida en la disposicion del artículo 1036 del Código Civil.
Caso, — Don Emilio Silveyra Leanes por Acevedo, dedujo demanda contra Grúmbein para que se cundenara ú éste á pagar la cantidad de 159.000 pesos, más ó menos, con sus intereses, Se fundó en que en 20 de Mayo de 1887, Grúmbein compró á don Cárlos Daniovitelh un compo situado en Babia Blanca; en 1" de Junio de 1887 Grúmbein reconoció una cuarta parte en las utilidades ó pérdidas que dejara el negocio, Grúmbein vendió á diversas personas el campo, realizando una utilidad cuya cuarta parte representa la cantidad demandada, Corrido traslado ú Grúmbein, reconoció el convenio celebrado con Acevedo, pero se excepcionó diciendo que éste, en 19 de Enero de 1889, 6 sea casi dos años despues de comprado
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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:157
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