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Fallos: 61:120 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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1.» FALLOS DE LA SUPREMA CORTE corporales, dado que no se ha establecido en autos que esas lesiones estén comprendidas en alguno de los incisos del artículo 119 del Código Penal, ni que hubiese producido al querellante incapacidad para el trabajo por más de un mes, habría que estarse á lo que sea más favorable para los reos, de conformidad á lo dispuesto por el artículo 13 del Código de procedi= mientos en lo Criminal, y por lo tanto pasibles del término medio de la pena establecida en el inciso 2° del artículo 120 del Código Penal, ya que no existen en autos circunstancias atenuantes ó agravantes que lo disminuyan 6 aumenten.

Por estas consideraciones, fallo: condenando á Feliciuno Novas y Eugenio Foques ála pena de seis y medio meses de arresto, por delito de lesiones corporales perpetrados en la persona del querellante Celedonio Silva, la que queda compurgada con el tiem= po de prision preventiva que han sufrido desde el once de Setiembre de mil och cientos noventa y tres hasta la fecha. En consecuencia, ejecutoriada que fuese esta sentencia, póngase en libertad ú los procesados á cuyo cargo serán las costas del juicio. Hágase saber con el original oportunamente, archívese, reponiéndose los sellos, E. A. Lujambio.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 17 de 1895.

Suprema Corte:

Los fundamentos de la sentencia recurrida, apoyados en constancias inequírocas del sumario, demuestran la criminalidad de los acusados Novas y Foques. La pena impuesta de seis

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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:120 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-61/pagina-120

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