36 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE sin que haya hecho observacion sobre dicha omision, no obstante serle conocida, y haber hecho de ella mencion expresa en el |: informe in voce.
Que en el estado de la causa no puede darse por averiguado la existencia del crédito demandado y mucho menos su monto, Por ello, y sus fundamentos, se confirma con costas el auto de foja veinte y tres, del cuaderno de pruebas del demandado, en la parte apelada. Repuestos los sellos, devuélvanse, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BUNGE. — JAN E. TO-
j RRENT.
| CAUSA CXCII Criminal contra Don Luis Rogers y Don Simon Launenberg; sobre defraudación de caudales públicos Sumario. — El empleado nacional que defrauda los caudales f públicos puestos en su poder por razon de su cargo, incurre en la pena establecida por el artículo 80 de la ley nacional penal de 44 de Setiembre de 1803.
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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:386
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