procedente de la emision de giros internos, desde el 1° al 10 ER de Julio de 1893, estando la oficina ú cargo del contador inter- 4 ventor don Simon Launenberg, quien es responsable del men- a cionado déficit, habiendo el jefe saliente (Rogers) rendido sus 3 cuentas de los valores que él manejaba, que no considerándose a responsable de esta falta, tampoco está en el deber de hacer el E ingreso que se le exige; y al ser preguntado el señor Rogers á :
qué personas y por qué sumas ha dado el distrito giros sin per- | cibir antes su importe, di?o que no tenía conocimiento de esto, q puesto que todos los giros los hacía el contador señor Launen- A berg, por estar esa oficina á su cargo, y confiaba siempre en su E rectitud como empleado; y al serlo, si ha tenido noticias de que ; dos casas de comercio adeudaban al distrito sumas por giros A tomados á éste y que últimamente han abonado esas canti= 1 dades al inspector señor Blanco, respondió que ignoraba tal 4 irregularidad, y sila hubiera conocido, habría dado cuenta in- | mediatamente ála Superioridad, pues siempre creía que los a giros que emitían eran abonados al contado; y que respecto del — 1 atraso de la contabilidad desde el mes de Mayo, por repetidas veces se lo había hecho notar al contador señor Launenberg, 4 ordenándole que pusiera los libros al día, el cual le contestaba i que pronto quedaría cerrado dicho mes, para seguir con Junio; > y el señor Launenberg ha manifestado: que el déficit lo com- E prueba, por haber hecho giros del señor Rogers, por valor de + 3980 pesos, á personas conocidas, para que los cobrasen y los — remitieran á favor del señor Rogers con letras del Banco de la Nacion, como lo justilican los recibos de depósitos, y que no tiene fundos con qué abonar el déficit; que había dado giros úlus — señores Alric, Costa y C, en las personas del señor Juan Vall- :
dosera, Marce'ino Ojeda y Manuel Lobo, por la suma de 15000 pesos y más, mensuales, y su importe si no fué recibido al contado, fué á los pocos días; y al ser preguntado con qué autorizacion ha hecho anticipos de sueldos á los empleados del distrito, | |
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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:389
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