— FALLOS DE LA SUPREMA CORTE q dijo que ignoraba que el Reglamento se lo prohibiera; y que la 6 contabilidad la tenía atrazada desde el mes de Mayo, porque en E este mes salió de ést: con licencia y esperaba además los produ cidos de todas las oficinas para empezar el trabajo; 2" Por la | ratificacion de la exposicion anterior que ante este Juzgado | hicieron el 47 del referido mes de Julio los precitados Rogers E y Launenberg, en que ambos reconocen la defraudacion, sosteE niendo el primero que el autorizado exclusivamente para hacer E los giros internos, bajo su inmediata responsabilidad, era el seE ñor Launenberg, y éste, que de todos los giros que él emitía, tenía conocimiento el jefe del distrito señor ogers, no siendo 6 tampoco esa una facultad que pesara sobre él sólo; 3" Por los testigos Ambrosio Gomez (foja 120), Pedró Suarez (foja 129), 1 y Juan Validosera (foja 245 vuelta), quienes afirman que cuan| do Launenberg estuvo cn Buenos Aires (desde el 15 de Mayo E hasta el 3 de Junio), la oficina de giros estuvo á cargo del señor E Rogers, de quien el último recibió algunos, que pagó ul contaf do; 4° Por la nota de 24 de Abril (foja 257) de la Direccion GeE neral de Correos, en que se establece el saldo definitivo del déE ficit, el que asciende á la cantidad de 8275 pesos con 15 cenÉ tavos, que no ha sido observado por los señores Rogers y LauEs nenberg, limitindose el primero á decir que es positivo el des4 falco, y el segundo á negar que él existía, sin aducir prueba y alguna para desvirtuarlo, y arrojando sospechas de culpabilidad E sobre el Inspector señor Blanco, por las informalidades ejecuta- É das por éste; 5° Por la cuenta corriente á foja ,.. , llevada enA tre la Direccion General y los señores Rogers y Launenberg, f que al 28 de Febrero arroja contra éstos el mencionado saldo E de 8275 pesas 15 centavos, siendo esta cuenta y la anterior de q carácter oficial.
2 Que losartícuios 14 y 15 de la ley sobre contabilidad de 13 de Octubre de 1870 establecen, que los encargados de la admiq nistracion de las rentas públicas ó de especies ó efectos perteN
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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:390
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