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Fallos: 60:358 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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E 358 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
sola cuenta y sin conocimiento de Minvielle. Esta es, en sín tesis, la cuestion largamente debatida en el presente proceso.

Respecto del acusado Brasch, constituye el extremo más importante de ella, la excepcion de haber procedido con expresa autorizacion del Inspector Ledesma y de haber obtenido la aprobacion de su conducta por parte del directorio, De las constancias de autos resulta netamente que el gerente Brasch efectuó la cancelacion de las deudas referidas, dejando quitos de ellas ú los dendores, sin que éstos hubiesen pagado, en realidad, suma alguna; siendo este el hecho desnudo que consta de las planillas enviadas con posterioridad á la cisa central y demás antecedentes, .

No consta en ninguna forma que los deudores primitivos hubiesen solicitado por escrito la novacion por el cambio de deudores que efectuaron bajo garantías determinadas, de manera que tal contrato pudiese aparecer celebrado con claridad y precision; no encontrándose al respecto otra cosa que nuevos descuentos acordados á otros individuos, bajo garantías de diversos terrenos impruductivos, de más 6 menos valor, situados en Corrientes.

Es con posterioridad á la consumacion de estos hechos, y habiendo el Directorio iniciado la averiguacion de ellos, cuando el gerente los explicó manifestando lo que había pasado y refiriendo el orígen de la cancelacion y de los descuentos expresados.

Que las operaciones efectuadas por el gerente no estaban dentro de sus facultades, como jefe de la sucursal, está bien demostrado y reconocido, siendo de la exclusiva atribucion del directorio el autorizarlas; por consiguiente es de cargo de aquel justificar que tuvo esa autorizacion ó por lo menos que recibió la aprobacion posterior de su conducta.

El gerente no ha conseguido probar en los autos la autorizacion anterior del directorio, ni su aprobacion posterior.

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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:358 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-358

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