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Fallos: 6:190 de la CSJN Argentina - Año: 1868

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todas las vacas 4 José Ignacio Flores; que despues volvió 4 preguntarle el esponente, con motivo de cierto negocio, si se habia arreglado con Flores, porque no sabia que la casa Quiroga lnos, era deudora de éste, y que había tenido intencion de pagar ú sus acreedores con vacas, y que le contestó que con Flores estaba arreglado ya.

Julian Leon dice: que le consta que Luengo no jira por cuenta propia, porque hace mas de cuatro ó cinco años que por falta de recurso no puede pagar á la casa de D. Juan Leon una corta cantidad que debe.

Luis Heraclio Flores, dice : que resistió el embargo diciendo, que eran suyas las vacas, porque Luengo lo había dejado al cuidado de ellas; que como se lo habian perdido algunas y no tenía marca especial que ponerles, dispuso marcarlas con las marcos de su Sr. padre, sin tomar consentimiento 4 Luengo: que sabe y le consta que la casa Quiroga lnos, adeudaba ú su padre 3000 y tantos pesos y que creó que le vendió las vacas 6 hizo un arreglo por el documento sin saber el cómo, porque el declarante estuvo entónees en Chile; que las vacas en cuestion tenian la marca de los Quirogas unas, y otras mareas otras; que su padre D. José Ignacio no ha tenido negocio de vacas con D. Antonio Lopez; que mas bien Luengo es quien lo ha acompañado en los negocios pagándole un tanto mensual; que en gralificacion de sus sérvicios le cedió la finca del Sud para que hiciese los gastos necesarios y disfrutase de su produciilo.

Luis Caviltotti dice, que es cierto que, como representante de Garmendia, en el acto del embargo, no le admitió á leraclio Flores que se llamase propietario de las vacas por las razones ya manifestadas; que le observó, ademas, que ni marca tenia él, á lo que le contestó que ¿l marcaba con la marca de su padre; que durante todo el acto del embargo no dijo que las vacas perteneciesen 4 Luengo, sinó por el contrario, que eran suyas.

Lvis Arévalo declaró: que sabe que Luengo era encargado

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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:190 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-6/pagina-190

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