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Fallos: 6:161 de la CSJN Argentina - Año: 1868

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Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Septiembre 5 de 1868.

Vistos :—No pudiendo ser demandada la Nacion ante los Juzgados Federales, como lo tiene ya declarado la Suprema Corte, en el caso citado por el Juez de Seccion, y en otros análogos, se confirma el auto apelado de foja treinta y seis, con costas; y salisfechas estas y repuestos los sellos, demélvanse, FANCISCO DE LAS CARRENAS.—SALVADOR Manís DEL CAnmiL.— Francisco DercADo.-—Josf Hannos Pazos.—J. B.

GOROSTIAGA.
sa — CAUSA 1.

D, Vicente Ceballos, contra D. Casimiro Solanet, sobre diligencias probatorias.

Sumario.—1° El cotejo de firmas solicitado por una de las portes, dentro del término probatorio, puede mandarse ejecutar aun despues de vencido este.

2 El término probatorio se scñala á las partes para que T: VI. 1"

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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:161 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-6/pagina-161

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