876 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ba el plazo de sesenta y cinco días para el envío de los antece— dentes que ahí se relacionaban , 5" Que segun el informe de foja 173, el Cónsul General de la República de Bélgica, por nota fecha 8 de Noviembre último, hacía saber que había recibido y dado el curso correspondiente al exhorto remitido por este Juzgado al señor Juez de Instruccion de Bruselas, refente á David Jonas Oesterman, 6" Que el defensor de Oesterman, por su escrito de foja 168, insiste nuevamente en solicitar el sobreseimiento definitivo en este expediente, fundándose en las constancias del proceso y en el hecho de no haber sido devuelto hasta la fecha por el Juez de Instruccion de Bruselas, diligenciado el exhorto en que se le pedían fueran remitidos los antecedentes de la causa con arreglo al tratado de extradicion, 7 Que corrida vista al Procurador Fiscal, produce éste su vista de foja 109 vuelta indicando se recaben por el Juzgado, del Ministerio de Justicia, los comprobantes de la recepcion por las autoridades belgas del oficio rogatorio que se ordenó librar por sentencia de fecha 24 de Agosto pasado y fué remitido por secretaría el día 25 de Setiembre (foja 149). A 8" Que solicitado ese informe, se produjo el de foja 173, dél que se hace referencia en el resultando quinto, corriéndose nuevamente vista al Procurador Fiscal el que produce la corriente á foja 174 vuelta, opinando: «que debe esperarse la contesta cion del señor Juez de Instruccion de Bruselas >, antes de proveerse ú la peticion del defensor.
9" Que con este motivo, el defensor de Oesterman presenta nuevv escrito (foja 176) manifestando la sorpresa que le ha causadc la anterior peticion del Procurador Fiscal, por cuauto ella ha sido producida contra las reglas más elementales del derecho,é insistiendo en que se resuelva favorablemente el sobreseimiento por las nuevas consideraciones que aduce, úá lo que el Juzgado llamó autos.
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:376
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