Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 12 de 1895.
Y Vistos: Por lo expuesio y pedido por el señor Procurador Ge neral, se confirma la sentenciaapelada de foja dos evuélvanse.
BENJAMIN PAZ.— ABEL BAZAN, — JUAN E. TORRENT, sobre apelación Sumario. — Es improcedente el recurso de queja por apelacion denegada, que se interpone despues de vencido el término legal.
CAUSA XXXV
El Fisco contra la Dishilería
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:32
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