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Fallos: 59:294 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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cipalidad de la Capital por derecho propio preexistente y como sucesora de la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires.

2" Habiéndose la provincia de Buenos Aires desprendido ú favor de la Nacion del dominio de dichos terrenos en la extension de 4.950.000 metros cuadrados, no puede ejercer accion reivin dicatoria sobre ellos, salvo sus derechos respecto de la mayor extension que quedase dentro de los mismos.

Caso.—Lo explica el Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 2 de 1895.

Vistos y considerando: Primero: Que la provincia de Buenos Aires, acompañando los títulos de propiedad que corren de foja tres á foja noventa y seis, entabla accion reivindicatoria contra la Municipalidad de la Capital de la República, para que ésta le restituya la posesion de los terrenos á que aquellos títulos se refieren, y que dice están actualmente poseidos por la demandada.

Segundo: Que la Municipalidad de la Capital, sin negar los hechos ni precisar cuáles de aquellos terrenos posaa,alega su derecho á la propiedad de toda extension territorial comprendida dentro del municipio, y que hubiese pertenecido á los terrenos conocidos con el nombre de « Palermo » ó « Tres de Febrero», por haber estos pertenecido á la Municipalidad de Buenos Aires, antes de la cesion de su territorio para capital de la República. .

Tercero : Que trabado el pleito en estas condiciones, corres=

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:294 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-294

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