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Fallos: 59:261 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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bía sido devuelto en la Prefectura, despues de habérsele puesto ! un decreto dándole curso, por haberse notado que no correspon- 4 día á ella. 3 Fallo del Juez Federal i Buenos Aires, Setiembre 25 de 1894. 3 Tomándose en cuenta lo manifestado en el presente escrito, 1 diríjase el oficio á la autoridad indicada, en la forma que expre- A sa el oficio adjunto. Al otrosí, agréguese y téngase presente. :

Campillo. | La parte de Mihanovich, interpuso contra este auto, los re- i cursos de reposicion y apelacion. Fundando el primero, dijo: É que el nuevo oficio había sido pedido fuera del término de prue- E, ba; que nada significa que el anterior hubiera sido dirigido á la y Prefectura y no ú la Aduana; que la equivocacion de que hace ; mérito la otra parte, es imputable á ella, y no á la autoridad 3 que debía suministrar la prueba. | Corrido traslado, contestó cl demandado: que la medida de Y que se trata, no la había pedido fuera del término de prueba, E pues el olicio á librarse es el resultado de una peticion hecha | durante aquel término, ya que el anterior fué en él dirigido L) quizás por una equivocacion del Juzgado; que lo que se pro- 4 pone, es rectificar un error cometido, y no solicitar una nueva j diligencia de prueba. Pidió que no se hiciera lugar al recurso, a con costas.

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:261 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-261

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