pesos 20 centavos, y el 16 del mismo mes, se pagan en Teso5. rería, los derechos liquidados, Que el administrador de la Aduana de Gualeguay tramita la denuncia y falla administrativamente, declarando caidos en comiso los 801 cueros y condenando úla compañía eEntre-Ríos Extracto de Carne», ú una multa igual al valor de los cueros sentencia de fojas 18 4 19).
Que recurrida esta sentencia, fué anulada por incompetencia de la Aduana, en razon de haber salido de su jurisdiecion la mercadería, trayéndose la causa ú este Tribunal, por ser el com petente para entender en ella.
Que ampliando el sumario, la mesa de Registro que informara á foja 16 vuelta, diciendo con fecha 6 de Octubre de 4891, que el trasbordo se despachó libre de derecho por ir la guía firmada por la compañía «Entre-Ríos Extracto de Carne», de acuerdo con la ley de 9 de: Noviembre de 1888, informa á foja 131, que la póliza de trasbordo de los 801 cueros para el vapor « Que, con tales antecedentes, el Procurador Fiscal, haciendo mérito de la denuncia del Contador Interventor señor Hereñú, de foja 4", acusa á la compañía «Entre-Ríos Extracto de Carne», por defraudacion de la renta fiscal de la Nacion, y pide se declaren caidos en comiso los 801 cueros vacunos salados y se aplique á la Compañía una multa igual al valor de dichos cueros, segun tarifa de avalúos, Para fundar esta acusacion, dice que la compañía acusada goza, por ley del Congreso, del privilegio de exportar los producE " | ... °. _
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:24
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