DE JUSTICIA NACIONAL 19
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 3 de 18594.
Suprema Corte :
La sentencia de foja 38 es ajustada al mérito del proceso y á las prescripciones de la ley penal. -—" Comprobado y confesado el cohecho ú fojas 2 y 18, la pena impuesta en la sentencia vs de estrieta aplicacion, segun los artículos 75 y 78 de la ley de Setiembre de 1863, sobre crímenes contra la Nacion, Pido por ello á V. E,, se sirva confirmarlo.
Sabimiano Kier, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 9 de 1895, Vistos: De conformidad con lo pedido por el señor Procurador Generai, se confirma, por sus fundamentos, la sentencia apelada de foja treinta y ocho, con costas. Devuélvanse,
BENJAMIN PAZ.— LUIS Y. VARE-
LA.— ABEL BAZAN.— OCTAVIO
BUNGE. — JUAN E, TORRENT,
Compartir
59Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1895, CSJN Fallos: 59:19
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-19¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 59 en el número: 19 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
