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Fallos: 59:19 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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DE JUSTICIA NACIONAL 19
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 3 de 18594.

Suprema Corte :

La sentencia de foja 38 es ajustada al mérito del proceso y á las prescripciones de la ley penal. -—" Comprobado y confesado el cohecho ú fojas 2 y 18, la pena impuesta en la sentencia vs de estrieta aplicacion, segun los artículos 75 y 78 de la ley de Setiembre de 1863, sobre crímenes contra la Nacion, Pido por ello á V. E,, se sirva confirmarlo.

Sabimiano Kier, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 9 de 1895, Vistos: De conformidad con lo pedido por el señor Procurador Generai, se confirma, por sus fundamentos, la sentencia apelada de foja treinta y ocho, con costas. Devuélvanse,
BENJAMIN PAZ.— LUIS Y. VARE-
LA.— ABEL BAZAN.— OCTAVIO
BUNGE. — JUAN E, TORRENT,

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59

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:19 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-19

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