DE JUSTICIA NACIONAL 135 1 E
CAUSA LX VIII T
y Don Andrés Barbieri contra don Manuel (3. Bonorino, por cobro ER, de pesos é incompelencia; sobre agregacion de pruebas 1 4 Sumario.—Cuando se ha opuesto la excepcion de incompe- A tencia, fundándola en que no se han especificado los hechos ne- ° i cesarios para demostrar la competencia federal, la excepcion es e, propiamente de defecto legal en el modo de proponer la deman- da, y no son aplicables los principios que rigen la agregacion 4 de las pruebas producidas fuera del término, porque el auto á que recibe la excepcion á prueba debe entenderse no enel sen- tido de abrir un término para averiguar hechos contestados, a sinó para que el actor llene los requisitos legales al efecto de E establecer que la causa corresponde al fuero nacional. —. "a Caso.—Resulta del fallo de la Suprema Corte y del E E Fallo del Juez Federal 7 a La Plata, Julio 10 de 1894. 4 Le Y vistos: En el incidente promovido por el demandado á foja q setenta y tres, solicitando revocatoria del auto en que se manda l agregar las pruebas producidas por el actor; y | Considerando: 4° Que el demandado funda su pedido de re- 4
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:135
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-135
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