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É 270 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
| de la tarde daría las papeletas, porque tenía que sacar otro boleto, y que el buque lo habían puesto en franquía muy temprano; que habiéndole preguntado él a) estivador cuánto había cargado el buque, éste le contestó que de 684 á 685 toneladas.
Y considerando: Primero, Que está probado has'1 la evidencia que los señores Omarini hermanos han cargado una cantidad de huesos sin haber obtenido antes los boletos, documentos que determina el artículo 565 de las Ordenanzas de Aduana, los que han sido embarcados en el lugre norte-ameri= cano Nellié Smith.
Segundo. Que segun consta de autos, la cantidad embarcada es de 600 á 700 toneladas de hnesos y al efecto hay dos declaraciones que pueden considerarse autorizadas, y por tanto hacen fé, por cuanto no son partes interesadas en el asunto, y éstas son, el capitan y el piloto del buque origen de este expediente; e! primero dice que cree tener á bordo de su buque de 580 4 600 toneladas de huesos, y el serundo cree haber cargado 700 toneladas, Ninguno de los dos sabe con exactitud la cantidad, pues segun ellos declaran les han sido echados á bordo sin pesar y sólo se guíin por el calado del buque. Ahora, pues, teniendo en cuenta que el Capitan es el tripulante más antiguo á bordo de dicho buque, es de presumir que su cálculo sea el más exacto, y éste cree que tiene á su bordo 600 toneladas, 4 pesar de haber firmado el conosimiento por 580; puesto que en su destino le pagarán el flete por lo que entregue, y lo mismo podía haber firmado por 200 aunque hubiera cargado las 700 que cree el piloto haber cargado.
Tercero. Que tomando por base el cáleulo del Capitan queda comprobado, que son 300 toneladas de huesos y no 280 como dec'aran los señores Omarini hermanos las que se han embarcado sin documentos; ahora estos señores quieren ú todo trance salvarse de toda responsabilidad, alegando ignorar lo que en casos análogos determinan las Ordenanzas de Aduana; y para
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:270
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