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Fallos: 58:171 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 21 de 1894, Vistos: de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General y teniendo en consideracica que se trata de una providencia que no causa gravámen irreparable, y que es por su naturaleza inapelable, se declara mal concedido el recurso. Devuélvanse.


BENJAMIN PAZ, — LUIS V. VARELA.
—ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.

— JUAN E. TORRENT

CAUSA CCCI
Don José V. Benitez contra el Ferrocarril del Sud, por pago de un terreno ; sobre deserción del recurso de apelación Sumario. — Cuando á la acusacion de rebeldía, para que se declare desierto el recurso, se une un pedido de revocatoria, del cual se confiere y se consiente el traslado á la otra parte, queda formado un verdadero incilente; que suspende los procedimientos del juicio principal desde el día en que se inicia.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:171 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-171

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