Falle de la Suprema Corto Buenos Aires, Setiembre 15 de 1894, Y Vistos: Atento el mérito que arrojan los autos, y teniendo además en consideracion, que las ventajas ó ganancias hipotéticas no deben tomarse en cuenta á los objetos de la indemni- , zacion debida al expropiado, con arreglo al artículo diez y seis de la ley de la materia, se confirma la sentencia apelada de foja treinta. Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT.
CAUSA CCXXV
Dori Celestino Storni, contra la Empresa del Tranway de Córdoba, por perjuicios procedentes de la muerte causada á un hijo menor; sobre falta de personeria y defecto en la demanda.
Sumario. —1" La persona capaz que se presenta en juicio por derecho propio, no puede ser tachada de falta de personería,
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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:249
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