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Fallos: 56:447 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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. DE JUSTICIA NACIONAL 447 i 3 En caso afirmativo, ¿la Empresa Lúcas Gonzalez y C° E vs civilmente responsable de la consecuencia de esos hechos y 3 omisiones ° 1 :

4° La aecion civil que la ley acuerda á la viuda para indem- E nizarse de los perjuicios ocusionados por el homicidio culpable E de su esposo, ¿ se encuentra prescripta en el caso discutido? y T finalmente, ¿la cantidad cobrada por daños y perjuicios es equi- | tativa ? y ¿qué resolucion corresponde sobre las costas? E Considerando en cuanto á la 1": Que los documentos que co- rren de fojas 123 4 126, no han sido acompañados á la demanda ; ni mencionados en ella con designacion del archivo donde se :

encontraban, como lo establece la ley nacional de Procedimien- 3 tos, artículo 10, ni son tampoco los que hen debido expedirse en , virtud de la providencia judicial dictada durante la substáncia- Y cion de este juicio, foja 120, por lo que no debieron ser recibidos, :

Que esto no obstante, el Juez, para llenar cumplidamente su :

mision de justicia, está obligado, por la ley 2", título 16, libro y 11, Novisima Recopilacion, á buscar la verdad, prescindiendo de e aquellas solemiidades y formas que no scan las substanciales 7 del juicio; y á este propúsito la ley de Procedimientos, artículo E 102, inciso 3", lo autoriza para mandar practicar de oficio cual- , quier diligencia probatoria que sea conducente al descubri- 1 miento dela verdad, E Que en conformidad con estos preceptos legales, el Juzgado, y para mejor proveer, trae ú su conocimiento y entra á considerar a dichos documentos, ya que la parte demandada no los ha redar- :

gúido de falsos, al notificársele la providencia de foja 123 vuelta; y lo hace así, porque ellos son de intluencia para la decision 3 de la cuestion propuesta, y porque las formalidades legales pa- a ra traer un documento á los autos despues de la litis contesta- a cion, súlo se refierenú los solicitados y ofrecidos por las partes y no úlos que el Juez necesita para ilustrar su juicio (Reus, Ley de enjuiciamiento civil, tomo 2", páginas 71 y 72). 4 1 E

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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:447 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-447

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