E: 318 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
E 2" Comete fraude el que omite expresar en el manifiesto la ñ calidad del artículo, y consiente el aforo hecho con arreglo ú una clasificacion inferior de la que corresponde, E Caso, — Resuita de las siguientes piezas :
y e RESOLUCION DE ADUANA E Buenos Aires, Julio 29 de 1543, f Visto lo actuado, de lo que resulta que se ha manifestado (90) E noventa barricas conteniendo tubos de vidrio para lámparas, E habiéndole asignado el Vista señor Amadeo el aforo de 10 ceni tavos el kilo, y que de la verificacion practicada por el Guarda, | autor del partede foja 1, resulta que los tudos de que se trata e son finos 6 regulares, que tienen de aforo (30) treinta centavos el kilo, partida de la tarifa 3683, y considerando que la DirecE cion General de Rentas confirma la clasificacion hecha por el es mencionado guarda, con arreglo ú lo dispuesto en los artículos 930 y 1054 de las Ordenanzas de Aduana, resuelvo se paguen dobles derechos sobre la diferencia de valor entre la mercadería E pedida á despacho y la que resultó de la verificacion practicada, E Hágase saber. A sus efectos pase ú contaduría y repóngase los sellos.
S. Baibiene.
i L E E E ña
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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:348
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