Que en consecuencia, el procedimiento ejecutivo dado ála causa se halla, en cuanto al fondo del asunto, dentro de las prescripciones del artículo doscientos cuarenta y ocho de la ley de procedimientos.
Que la excepcion de falta de personería en el actor, opuesta por el demandado en cl término de la ley, y que hace el funda-—— mento de la oposicion que ha hecho valer á la ejecucion, no puede snstenerse en presenciade la escritura pública de foja;sesenta y cinco, que acredita en forma fehaciente pertenecer al demandante, el crédito demandado, Que antes ni despues de haberse presentado esa escritura no se ha alegado por el ejecutado excepcion alguna de fondo de las que, conforme al artículo seiscientos setenta y seis del Código de Comercio, son admisibles en tratándose de la ejecucion de letras de cambio, Por esto: no ha lugar ála oposicion dedecida, y llóvese adelante la ejecncion hasta hacerse pago al nereedor del capital é intereses, sin especial condenicion en costas, en mérito de haberse exhibido con posterioridad á la oposicion, la citada escritura de foja sesenta y cinco. Notifíquese con el original y repónganse los sellos.
BENJAMIN PAZ. — ABEL DAZAN,
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN E.
TORRENT.
Compartir
60Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1894, CSJN Fallos: 56:292
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-292¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 56 en el número: 292 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
