Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 56:286 de la CSJN Argentina - Año: 1894

Anterior ... | Siguiente ...

Caso, — Lo indica el Fatlo del Juez Federal Buenos Artes, Abril 30 e Ita Y vistos 1 estos antos «gunos por Don Gaspar Pietranera, en representación de Von Ernesto Callon, apoderado general H. Fonrnier y compañía, de París, contra Den Luis Cometti, se= bre falsibeacion de una marea de fábrica, de los que resultas A foja 11 Pietranera se presenta exponiendo que los señores Fournier y compañía de París, son propietarios de la marca que consiste en des ejemplares que acompaña en el testimonio de da oficina de Patentes, y con que sedistinguen los prrtuetos deno= minados Gondron de Guyot, y cápsulas de Goudron de Guyot.

Que existery muchas falsificaciones de este artículo, y por tin que ha Jogrado encontrar nos de los que lo fabrican y experien y vien» «4 denunciarlos para que sean castigados y pensdos eivil y eriminalmente como lo merecen, acompañando DE ejem plar de la marea verdadera y otro de la falicada para com probar el delito, ofreciemlo para cuando llegue la oportunidad de la prueba presentar tambien el dibujo comparativo que hare resaltar los defretos de la etiqueta falsa comprobada con da verdadera.

Que nno delos falsificadores se Tama T, Grandjon y eompoía y los utros un señor Cometti y compañía.

Queen vista de lo expuesto sedecrete el embargo en las ca sas mencionadas, de las mercaderías falsificadas, útiles y demás enseres, y que se tenga por deducida formal demanda contra los enunciados, los que deberún ser condenados ú los daños y per jo icios provenientes de la falsificación, con reserva de las seciones civiles y ermminales que correspondan,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

70

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1894, CSJN Fallos: 56:286 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-286

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 56 en el número: 286 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos