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Fallos: 56:108 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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lon, en representacion del mismo, promueve artículo de previo pronuciamiento alegando falta de personería en el demandunte, que funda eu +7 °ticulo 4° del Código de Procedimientos, por cuanto invocándose el carácter de únicos y universales herederos del señor Fernandez, ha debido presentarse los justificativos correspondientes, no siendo bastante la enunciación que se hace en la demanda, de una declaratoria de herederos dictada en los tribunales de «La Plata», sin expresarse la secretaría donde se dice encontrarse el respectivo expediente, Y considerando: 1 Que segun el artículo 73 de la citada ley, no pueden oponerse otras excepciones dilatorias, que las que el mismo en"mera.

2 Que si bien en dicho artíenlo se menciona la falta de personalidad en el demandante ó en su procurador, ésta se entiende y es práctica constante, establecida por la Suprema Corte, entenderlo con relacion ála persona que litiga por defectos de forma, que puedan oponerse al documento de poder y no al título en que se funda la demanda ó de que deriva la accion que se deduce.

3" Que es tambien doctrina consagrada, por diversas resoluciones de la Suprema Corte, que la falta de personalidad sólu puede proponerse contra el mismo demandante, cuando éste carece de lá capacidad legal necesaria para ejercer sus derechos civiles y comparecer en juicio, sea por sí mismo ó por medio de representante y contra el Procurador, cuando éste se presenta en juicio sin poder suficiente al efecto (Fallos de la Suprema Corte, entre otros, série 2", tom 19, página 320).

4" Que, finalmente, en el caso sub-judice no se objeta defecto alguno en el poder con que obra en autos el Procurador Coronado y que pudiera autorizar la excepcion deducida, y sólo se desconoce la calidad en sus representados de herederos de Fernandez, lo cual no constituye una excepcion de carácter dilatoria, sinó perentoria -por cuanto afecta al fondo del asunto.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:108 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-108

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