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Fallos: 56:102 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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Don Adolfo Aldao, por la Municipalidad, sin evacuar el traslado conferido, opone excepción de incompetencia, y pide sea admitida, ron costas 4 los demandantes, Dijo: Que la Intendeneia Municipal, al amar á concurso para la presentacion de planos de hornos erematorios de basuras, en cumplimiento de la referida ordenanza, obró en sirearárter de autoridad administrativa, lo mismo que al disponer que La cu misivn especial

Que de esto se deduce que se trata de un asunto administrativo, sobre el enalno hay resolucion definitiva que pueda dar lugar ú prosedimientos judiciales. en cuyo caso los tribimales recien pueden tomar intervencion en el asunto, y sería por la vía conteneioso-administrativa, que determina y establece La ley orgánica de la Municipalidad en sti artículo 42: pres ésta tiene, evidentemente, jurisdieción propia enel caso de que se trata; Que asi, los actores han debido instar para que se adopte una resolucion, y como ésta no existe, no pueden traer ajuieio 4 la Municipalidad,

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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:102 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-102

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