158 FALLOS DE LA SULREMA CORTE
CAUSA COOY
El Fisco Navimal contra don Abraham Medina, por cobro de ampuestos; sobre e.erusarión Sumario, — Los jueves suplentes pueden excusarse y ser recusados por las mismas causas por las que pueden serlo los jueces titulares de Svecion, Caso. Lo indica la siguiente
VISTA FISCAL
Señor Juez de Sereion :
El Procurador Fiscal, en el juicio que por cobro de impuestos se sigue contra don Abrabam Medina, á V. S. digo:
Se me ha notificado el decreto de V. S. aceptando la excusa del doctor Próspero Mena; pero como las causales alezadas por dicho letrado no están comprendidas entre las admitidas por la ley de 14 de Setiembre de 1863, pido á V. S, reconsideración del citado decreto y en su defecto que me conceda el recurso de apelacion ante la Suprema Corte de la Nacion, Será justicia ete, Napoleon M. Vera.
Compartir
62Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1893, CSJN Fallos: 54:158
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-158¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 54 en el número: 158 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
