Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 53:92 de la CSJN Argentina - Año: 1893

Anterior ... | Siguiente ...

Es 92 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE | desde que, aún admitiendo que la enmienda en una de las copias, se hubiera practicado en forma fehaciente lo habría sido, fuera del término de las 24 horas preseriptas al efecto en el artículo 51 de las Ordenanzas. — Por eso, pido V. E, la confirmacion de la sentencia apelada, Sabiniano Krer.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 20 de 1863, Vistos: Por sus fundamentos y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se confirma con costas la sentencia de foja setenta y ocho en la parte apelada, Repuestos los sellos, devuélvans»,
BENJAMIN PAZ.—LUIS Y.

VARELA. —ABEL BAZAN.
— OCTAVIO. BUNGE,.—
JUAN E. TORBENT,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

82

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1893, CSJN Fallos: 53:92 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-92

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 53 en el número: 92 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos