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Fallos: 53:310 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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1 s10 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE A Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 22 de 1893, Vistos y considerando: Primero: Que en estos autos la Suprema Corte sólo está llamada á decidir el carácter de las relaciones comerciales existentes en.re don Angel de Nicola y don José Gastaldi, á la época de la demanda de foja primera, por cuanto éste ha manifestado estar dispuesto á rendir las cuentas que el primero le exige.

Segundo : Que en todo lo referente ú las operaciones anteriores al treinta de Mayo de mil ochocientos noventa y uno, en que se ha declarado que Gastaldi ha obrado como mandatario de Nicola, la sentencia ha sido consentida por aquel, no debiendo por tanto, pronunciarse esta Suprema Corte ú su respecto.

Tercero : Qu: segun el texto de la carta de veinticinco de Mayo de mil ocho cientos noventa y uno, dirigida por Nicola á Gastaldi y la del treinta del mismo mes y año dirigida por éste á aquel, resulta que demandante y demandado se unicron para practicar actos de comercio, con ánimo de partir por mitad el Juero que pudiera resultar de las especulaciones que hacían y dividirse las pérdidas en igual proporcion, constando asímismo que el demandado aportaba, como capital, su industria, Cuarto: Que en tales condiciones, la naturaleza del contrato se halla definida como de sociedad por el artículo doscientos ochenta y dos del Código de Comercio.

Por estos fundamentos y concordantes de la sentencia apelada de foja doscientos cuarenta y tres: se confirma esta con

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:310 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-310

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