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Fallos: 53:103 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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tando del exámen de la del actor y de los documentos presentados con la demanda los hechos siguientes :

1" Por el testamento trunco de foja 47,—en el cual no figura el nombre del otorgante y que el Escribane que expide la copia dice en su informe de foja 54 que aparece como de Don loque Escudero, —el testador declara entre otros bienes suyos la parte que le puede tocar de este terreno en la estancia nombrada del Rosario, por estar individisa, que la supone donde está poblada, é instituye por únicos y universales herederos á Don Antonio Escudero, ú quien reconoce por hijo, y Andrés OTROSco y Andrés Escudero en atencion á los servicios que estos le han prestado, y lleva la fecha del mes de Setiembre de 1790, 2 Ln el inventario hecho en 1792 de los bienes quedados por fallecimiento de Don loque Escudero, 4 peticion de Don Juan lesales, esposo de su hija Agustina Escudero, y division de los bienes entre la viuda María de las Nieves Toledo y dos herederos más, no se designa ningun inmueble, 3 La venta hecha en 1801 por Don Antonio Escudero á Don Juas Bonifacio Qu roza de la accion y derecho que dice aquel tener por parte de su padre Don Ramon Escudero (del Cerro, del Rosario, con más una casa, huerta y corrales sin determinar ubicacion, área, ni linderos, 4 Copia de la cláusula 7 del testamento de Doña María Concordia Quiroza, por la que declara como bienes suyos una estancia en las costas del río Rosario, ú la parte del poniente de la cual hace donacion á su ahijado Pedro Celestino Quiroga.

5" La informacion sumaria de testigos producida en Julio de 1880 ante el Juzgado Civil de esta ciudad por Don Amancio Ordoñez, como apoderado de Don Pelro Celestino Quirog1 con el objeto de determinar el lugar donde vivió y tuvo sus casas y posesiones Don Antonio Escudero en el partido y estancia del Rosario.

ti La venta otorgada en el mes de Agosto de 1880 por el

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:103 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-103

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