d-manda y durante el término probatorio, consta lo siguiente:
1" Dos hijuelas testimoniadas, ambas de fecha 26 de Abril de 1885, perteneciente la primera á los herederos de Don Roque Escudero y la segunda á los de la finada Doña Susana Escudero, que cada una de ellas comprende veinte y dos cuadras de tierras en la < Cañada de la Viscacha Muerta >, con la ubicacion y límites allí determinados.
2" Las compras de algunos lotes de fracciones de terreno que desde 1873 á 1879 el señor Vidal ha hecho á varias personas, entre otras á Doña Silvestra y á Don Plácido OTROSco, considerados propietarios y posecdores, situados en el lugar denominado, e Cañada de la Viscacha Muerta >, partido del Rosario sobre la hilera derecha del río Cel mismo nombre; encontrándose en el testimonio de fojas 21 á 26 la mensura de unos terrenos del señor Vidal, practicada ú solicitud suya en 1877, con asistencia y conformidad de los colindantes, y aprobada judicialmente el mismo año,—de cuya úrea total, deduciendo tres fraecienes, una de Don Camilo Ganaza, otra de Don Segundo Arias y la tercera de Doña ltosario Vidal, han quedado para Don Antonio ciento ochenta y una cuadras y 11.817 varas cuadradas, siendo los límites generales por el Norte y por el Este el río del Itosario, por el Sud dicho Ganaza y Doña Teodora Escudero y por el Oeste esta misma señora.
3" De los once testigos presentados por el demandado y examinados con arreglo al interrogatorio de foja 56, la mayor parte deellos uniformemente deponen: Que Doña Silvestra Orozco y su marido Don Gerónimo Peralta han poseído los terrenos llamados < Cañada de la Viscacha Muerta», ó del Rosario, hoy de propiedad de Don Antonio Vidal, manteniendo dicha posesion ú título de dueños por más de treinta años; que los mismos terrenos fueron medidos por Don Juan Francisco Ortíz en 1855, y que en virtud de la division que entónces sc hizo, correspondió á Doña Silvestra la fraccion de campo donde había vivido, con
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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:105
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