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Fallos: 53:101 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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DE JUSTICIA NACIONAL 101 Por esto se declara mal denegado el recurso interpuesto y se le concede en relacion.

Líbrese oficio al Juez de Seccion para que lo haga saber ú las partes y remita las actuaciones relativas al incidente de que se trata. ltepóngase el papel.

BENJAMIN PAZ. —LUIS Y. VARELA.—
ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE,
— JUAN E. TORRENT, CAUSA COVE (1) Don Darío David eontra DD. Antonto Vidal, sobre reneimiliración de un terreno.

Sumario . — No probado el dominio en la accion reivindicatoria, procede la absolucion del demandado.

1 No habiendo podido resolverse esta causa por haber cambiado el personal de la Suprema Corte, fué vista nuevamente en 28 de Febrero de 1893.

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:101 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-101

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