bidamente otorgado, devolviéndose en consecuencia los autos al Juzgado de que proceden.
Sabmiano Kier.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 20 de 1893, Vistos: No habiéndose presentado por el Procurador Fiscil documento alguno que traiga aparejada ejecucion y de conformidad á lo dictaminado por el señor Procurador General se confirma el auto apelado de foja sesenta y una, y devuélvanse, LEMAMIN PAZ.—LUIS V. VARELA. —
ABEL HAZAN.—OCTAVIO BUNGE.
—JUAN E. TORRENT.
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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:98
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