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Fallos: 51:34 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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Fallo del Juea Federal LS Tucuman, Agosto 11 de 1891.

Y vistos: De los que resulta: Don Camilo Augier se presenta ú foja una y expone : que la Sucursal del Banco Nacional establecida en esta Ciudad lo debe nueve mil pesos con más los intereses correspondientes segun consta por el documento de depóñ sito que corre á foja tres del expediente de juicio ejecutivo que inició por ante este Juzgado; que habiéndose resuelto en este juicio, que no correspondía la vía ejecutiva salvándosele sus derechos para que los hiciera valer en otra forma, entabla demanda en via ordinaria contra la expresada sucursal, representada por el Gerente Don Anselmo Nuñez; y pide que prévios los Re trámites de la ley, se le ordene á dicho Gerente el pago de la referida suma de nueve mil pesos, intereses correspondientes y las costas del juicio.

Corrido traslado al Gerente del Banco, contesta, en resúmen, del modo siguiente: que niega el hecho invocado en la demanda de que el Banco sea deudor al demandante y á la vez, que hace constar que nada debe y que es esa la razon por qué no paga; hace constar tambien que protesta contra el actor por los daños, perjuicios, costos y costas que la demanda le irrogue que los hará valer contra aquel á su tiempo; que la accion deducida, no sólo es infundada y temeraria por la razon dada de no ser deudor el Banco, sinó que es á todas luces improcedente; que el documtento con que se pretende demandar al Banco, es una simple nota para imputar al haber de una cuenta corriente; pero no hay nada en él que suponga una deuda ni compromiso ni plazo para que pague, ni nada en fin de aquello que constituye

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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:34 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-34

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