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Fallos: 51:285 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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tampoco aquel protocolizado en razon de haber sido otorgado en la provincia de Buenos Aires, y encontrarse el terreno de la cuestion en estade Santa-Fe, y sí, por el co , los presentados por el señor Saroli, circunstancias yfe infláyen en demostrar plenamente la preferencia que €stos meret sobre aquellos, 5" Que la manifestacion hecha por el señor Pombo ú foja 103, no puede dar derecho de propiedad alguno al señor Rodriguez, siendo otros los medios que Jas leyes acuerdan á los propietarios para que hagan valer sus derechos en juicio, no encontrándose entre ellos el expresado, que no reviste los caracteres de instrumento público que pueda oponerse ú terceros.

6 Que aparte de las precedentes consideraciones legales, surgen otras que establecen una vez mús la improcedencia de la oposicion del señor Rodriguez, tales como su falta de personería en este litigio, la ninguna posesion que éste haya tenido sobre el terreno de la cuestion: y la prescripcion sustentada por el señor Saroli.

7" Que en cuanto ú lo primero se desprende de la prueba de fojas 149á 455, que el señor Rodriguez si algun derecho de propiedad tuvo sobre el terreno, lo traspasó como él lo dice al señor Saroli haciéndole entrega del campo, viniéndose asf más bien en conocimiento que si alguno debiera oponerse úla mensuraera el señor Saroli y no Rodriguez, quien, como se ha dicho, confiesa en esa prueba haber hecho tradicion completa á aquel del bien raiz cuestionado.

8" Que porootra parte, siendo sucesor del señor Lopez Luque, forma ú los objetos jurídicos una sola y misma persona con aquel, no pudiendo invocar los derechos del mismo por un acto posterior á la demanda, cuando su enajenante ha sido declarado rebelde y contumaz, 9 Que no ha sido tampuco poseedor del terreno mensurado po: el agrimensor Warner, desde que al invocar, comose ha he

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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:285 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-285

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