Falio del Juez Federal Rosario, Octubre 23 de 1888.
Y vistos: estos autos iniciados por don Pedro Saroli, primeramente contra don Juan Bautista Lopez Luque, sobre mensura de una área de terreno, ubicada en el distrito Villa Constitucion, departamento General Lopez de esta Provincia, practicada por el agrimensor Warner, ú foja 12, y proseguidos posteriormente contra don Juan M, Dorsi, don Antonio Fossati y don Fernando Rodriguez.
Resulta: Que habiéndose opuesto don Juan B, Lopez Luque, á la mencionada mensura, y despues de seguidas las tramitaciones de ley, fué declarado rebelde y contumaz por el auto pronunciado á foja 107, con fecha trece de Mayo del año próximo pasado.
Que el señor Saroli pidió, despues de pronunciado aquel auto, que la mensura citada del agrimensor Warner, fuese notificada á los señores Dossi y Fossati, proveyendo el Juzgado de conformidad, señalándoseles término para sus comparendos.
Que no habiendo comparecido estos en el plazo legal fijado por el decreto de foja 112, fueron tambien declarados contumaces, pero á mérito de la oposicion deducida por don Fernando Rodriguez se suspendieron, ú foja 122 vuelta, los efectos de aquella declaratoria, Que la citada oposicion de don Fernando Rodriguez fué hecha á foja 118, titulándose dueño y poseedor del terreno de la cuestion, pidiendo en consecuencia la !esaprobacion de esa mensura con las costas de ley al señor Saroli.
Que corrido traslado de esa oposicion á foja 139, don Pedro
Compartir
72Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1893, CSJN Fallos: 51:283
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-283
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 51 en el número: 283 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos